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Este año, y a raíz de la nueva Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas cuya entrada en vigor tomó efecto el 1 de enero de 2007, se han modificado los límites de aportación y reducción en Planes de Pensiones, por lo que seguro será de tu interés la siguiente información:
Si tienes 50 años de edad o menos, el límite máximo para aportar será de 10.000€. Podrás reducir dicha cantidad de la Base Imponible General del IRPF siempre y cuando dicha cuantía no supere el 30% de los rendimientos netos del trabajo, actividades empresariales y profesionales.
Si tienes 51 años de edad o más, el límite máximo para aportar será de 12.500€. Igualmente podrás reducir dicha cantidad de la Base Imponible General del IRPF siempre y cuando dicha cuantía no supere, en esta ocasión, el 50% de los rendimientos netos del trabajo, actividades empresariales y profesionales.
Además, y tras esta nueva Ley, si una vez jubilado no has empezado a cobrar la prestación por jubilación, podrás seguir aportando a tu Plan de Pensiones y cobrar todas estas aportaciones junto con el resto de derechos que tengas acumulados hasta el momento de la jubilación, cuando desees.
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