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Ver Promoción PAC 2004

Ver promoción PAC 2004
La solicitud de ayudas de la campaña 2004/05 incluye ya algunos de los cambios de la nueva Política Agraria Común (PAC) aprobada a finales de septiembre de 2003.

 

La reforma de la PAC entra en vigor ya este año en algunos sectores productivos como el trigo duro, proteaginosas, cultivos energéticos y arroz, mientras que para el resto de sectores la aplicación del pago único no llegará hasta 2006 y el posible desacoplamiento de ayudas se decidirá a finales del próximo marzo.

El plazo para la presentación de la Solicitud Única de Ayudas por parte de agricultores y ganaderos se inició el jueves 12 de febrero y llegará hasta el 12 de marzo, aunque es probable que el MAPA prorrogue el plazo hasta finales de ese mismo mes.

 

Pagos por superficie

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 6 de febrero el Real Decreto 218/2004 (BOE de 7 de febrero) que modifica el RD 1026/2002 sobre pagos por superficie a los productores de determinados productos agrícolas. Esta norma no incluye cambios sustanciales en plazos de solicitud y de pagos sobre la pasada campaña, salvo en los cultivos incluidos en el Reglamento 2237/2003 por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa para el trigo duro, las proteaginosas el arroz, los cultivos energéticos y la prima láctea.

Los cultivadores de trigo duro podrán solicitar la ayuda de 63 €/t, también contarán con una prima por calidad acoplada de 40 €/t en las zonas de cultivo tradicional. Además en estas zonas se podrá solicitar un pago desvinculado al 100% para el suplemento al trigo duro de 313 €/ha para 2004 que se multiplica por la media de la superficie cultivada en el período de referencia 2000/02. En las comarcas de cultivo no tradicional el pago es de 93 €/ha.

En proteaginosas (guisantes, habas, haboncillos, altramuces dulces) el pago vinculado al cultivo pasa a 63 €/ha y se podrá solicitar una prima complementaria de 55,57 €/ha multiplicado por el rendimiento medio de referencia.

El arroz es uno de los cultivos con mayores cambios en la solicitud de la PAC 2004/05, se podrá solicitar una ayuda por hectárea cultivada de 1.123,95 €/ha, se mantiene una SMG de 104.973 ha pero subdividida regionalmente y con un sistema de penalización lineal.

Para la siembra de girasol o de otras oleaginosas en secano no existe ningún tipo de limitación, salvo utilizar semilla certificada en la dosis mínima exigida.

Esta campaña entra en vigor una ayuda a los cultivos energéticos (biomasa y biocombustibles) de 45 €/ha, es adicional a los 63 €/t de la ayuda PAC general de cultivos herbáceos. Es independiente de la ayuda que se da a parcelas retiradas en las que existe la posibilidad de sembrar cultivos “non food”.

Para los productores de más de 92 t el porcentaje de retirada obligatoria es del 5%, la retirada total será hasta el 50% de la superficie.

 

Primas ganaderas

Las primas en el sector de ovino y caprino cambiaron de forma radical con el R. D. 139/2002, para esta campaña se mantiene la prima fija de 21 euros/por cabeza de ovino pesado y 16,8 euros para oveja ligera y cabra, pero se han modificado los criterios para el pago de la prima complementaria y el pago adicional (según la Orden de 29-01-2004 de la CAMA de la JCCM).

La prima voluntaria de 7 euros sólo se concederá a los productores en cuyas explotaciones al menos el 50% de la superficie dedicada a la agricultura se sitúe en zonas desfavorecidas y en cuanto al pago adicional o “sobre” nacional se concederá con un límite de 4 euros por cabeza y año si el productor es titular de explotación prioritaria, joven agricultor, es titular de explotaciones que participan en Denominaciones Específicas de Calidad, …

 

Trámites

La Solicitud Única de Ayudas PAC consta de una serie de datos de información general (datos personales y bancarios) y por otro lado los compromisos expresos y declaraciones que asume el solicitante de estas ayudas.

Además incluye la declaración expresa de lo que solicita en función del cultivo y las ayudas de que se traten. Se exige la declaración de todas las parcelas que integran la explotación, con indicación de sus referencias catastrales, superficie, sistema de cultivo, especie cultivada, tipo de barbecho o retirada.