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No hay dos empresarios iguales. Líneas ICO 2008 de apoyo a la empresa.
No hay dos empresarios iguales. Líneas ICO 2008 de apoyo a la empresa.
No hay dos empresarios iguales. Líneas ICO 2008 de apoyo a la empresa.

LÍNEAS ICO 2008 DE APOYO A LA EMPRESA

 

 
Línea ICO 2008 - PYME Línea ICO 2008 - PYME

 

CON LA LÍNEA ICO PYME 2008, EL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL APOYA Y FINANCIA, EN CONDICIONES PREFERENTES, EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS ESPAÑOLAS.

RECURSOS DISPONIBLES

Esta Línea pone a disposición de las PYME 7.000 millones de euros.

VIGENCIA

Desde la fecha de firma hasta el 22 de diciembre de 2008 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si éste fuese anterior a la fecha indicada.

BENEFICIARIOS

Personas físicas o jurídicas, que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y que, según la definición adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos:

  • Microempresas
    • Menos de 10 empleados.
    • Volumen de negocio anual y/o cifra de balance general no superior a 2 millones de euros.
    • No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos anteriores.
  • PYME
    • Menos de 250 empleados.
    • Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros.
    • No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos anteriores.

INVERSIONES FINANCIABLES

Activos fijos nuevos productivos.
Entre los requisitos previos para considerar financiable un proyecto de inversión que afecte al inmovilizado, deberán cumplirse los siguientes límites:

  • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “tecnológicos”, destinados a la innovación o modernización tecnológica de las PYME, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación.
  • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “no tecnológicos”, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros similares contemplados por el Plan General Contable, no será superior al 50% de la inversión total a financiar.
  • Si el proyecto presentado incluye inversión inmobiliaria, ésta no será superior al 80% del importe de la inversión total a financiar.
  • Se financian los gastos de constitución y primer establecimiento en empresas de nueva creación (constituidas a partir de 1 de julio de 2007), con el límite del 10% de la inversión total a realizar.

Las partidas de activo material no están sujetas a limitación.

En todo caso no se financian: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, los activos financieros, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.

Las inversiones financiables no podrán tener una antigüedad superior a 6 meses a la fecha de firma del contrato de financiación, y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 1 año desde la firma.

IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN

El importe máximo financiable será el 90% del proyecto de inversión neto para las microempresas y hasta el 80% para el resto de las PYME.

IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR BENEFICIARIO

1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una operación o en varias.

TIPO DE INTERÉS

El beneficiario puede optar entre:

  • Tipo fijo: Referencia ICO + 0,65%
  • Tipo variable: EURIBOR a 6 meses + 0,65%

PLAZOS DE AMORTIZACIÓN

El beneficiario puede elegir entre:

  • 3 años sin carencia.
  • 5 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 1 año.
  • 7 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 2 años.
  • 10 años sin carencia, exclusivamente para el componente inmobiliario de la inversión.

COMISIONES

El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y las Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones, tales como apertura, estudio o disponibilidad.

MODALIDAD DEL CONTRATO

Préstamo o leasing.

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA

  • Tipo fijo: se imputará un 1% sobre las cantidades reembolsadas por anticipado.
  • Tipo variable: no se imputará penalización debiendo realizarse en las fechas de revisión semestral del tipo de interés.

En caso de que se produzca la amortización anticipada durante los dos primeros años de la financiación, se aplicará una comisión en función del momento de la cancelación.

TRAMITACIÓN

Directamente en las oficinas de CajaCampo. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por CajaCampo en las condiciones indicadas.

DOCUMENTACIÓN Y GARANTÍAS DE LA OPERACIÓN

El empresario presentará la documentación que CajaCampo considere necesaria para estudiar la operación. CajaCampo analiza la solicitud de la operación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca, etc.

El empresario debe poder acreditar la realización de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.

COMPATIBILIDAD DE AYUDAS

Esta Línea puede estar sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a acumulación de ayudas establecidas por la Unión Europea.