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No hay dos empresarios iguales. Líneas ICO 2008 de apoyo a la empresa.
No hay dos empresarios iguales. Líneas ICO 2008 de apoyo a la empresa.
No hay dos empresarios iguales. Líneas ICO 2008 de apoyo a la empresa.

LÍNEAS ICO 2008 DE APOYO A LA EMPRESA

 

 
Línea ICO 2008 - Emprendedores Línea ICO 2008 - Emprendedores

 

CON LA LÍNEA ICO EMPRENDEDORES 2008, EL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL FINANCIA, EN CONDICIONES PREFERENTES, A LOS AUTÓNOMOS Y EMPRENDEDORES QUE PONGAN EN MARCHA NUEVAS EMPRESAS O NUEVAS ACTIVIDADES PROFESIONALES.

RECURSOS DISPONIBLES

Esta Línea pone a disposición de los autónomos o emprendedores 75 millones de euros.

VIGENCIA

Desde la fecha de firma hasta el 22 de diciembre de 2008 o hasta el consumo de los fondos, si éste fuese anterior a la fecha indicada.

BENEFICIARIOS

Microempresas de nueva creación o profesionales que inicien una nueva actividad, independientemente de su forma jurídica.

A efectos de lo previsto en esta línea de financiación, se considerará microempresa nueva, o nueva actividad en el caso de profesionales autónomos, aquélla que cumpla los requisitos siguientes:

  • Haber sido constituida, o haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el caso de profesionales autónomos, a partir del 1 de enero de 2007.
  • Emplear menos de 10 trabajadores a 31 de diciembre de 2007.
  • Tener una facturación y/o balance general anual no superior a 2 millones de euros, a 31 de diciembre de 2007.
  • No pertenecer a un grupo empresarial o económico, ni consolidar cuentas anuales.

INVERSIONES FINANCIABLES

Activos fijos nuevos productivos.
Entre los requisitos previos para considerar financiable un proyecto de inversión que afecte al inmovilizado deberán cumplirse los siguientes límites:

  • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “tecnológicos”, destinados a la innovación o modernización tecnológica de las empresas, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación.
  • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “no tecnológicos”, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros similares contemplados por el Plan General Contable (PGC), no será superior al 50% de la inversión total a financiar.
  • Se financian los gastos de constitución (grupo 200 del PGC) y primer establecimiento (grupo 201 del PGC), con el límite del 10% de la inversión total a financiar.

Las partidas de activo material no están sujetas a limitación.

En ningún caso se financian:

  • Los activos inmobiliarios.
  • Las reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.

Las inversiones financiables no podrán tener una antigüedad superior a 6 meses a la fecha de firma del contrato de financiación y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 1 año desde la firma.

IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN

El importe máximo financiable será el 90% del proyecto de inversión neto.

IMPORTE MÁXIMO DE FINANCIACIÓN POR BENEFICIARIO

200.000 euros por beneficiario y año, ya sea en una operación o en varias.

TIPO DE INTERÉS

El beneficiario puede optar entre:

  • Tipo fijo:
    • Referencia ICO + 1% para operaciones formalizadas sin aval SGR
    • Referencia ICO + 0,50% para operaciones formalizadas con aval SGR
  • Tipo variable:
    • EURIBOR a 6 meses + 1% para operaciones formalizadas sin aval SGR
    • EURIBOR a 6 meses + 0,50% para operaciones formalizadas con aval SGR

BONIFICACIÓN DEL ICO

El beneficiario podrá optar por formalizar la operación con o sin aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).

Operaciones formalizadas sin aval SGR:
El ICO bonificará con 1% el tipo de interés de las operaciones formalizadas sin aval SGR, que será aplicado a la amortización anticipada de capital. El importe correspondiente de esta bonificación es de 30 euros por cada 1.000 euros de financiación.

El tipo de interés para el beneficiario final después de aplicada la bonificación de intereses es de EURIBOR a 6 meses.

Operaciones formalizadas con aval SGR:
El ICO asumirá el coste del aval en su totalidad.

BONIFICACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Las Comunidades Autónomas podrán bonificar adicionalmente el tipo de interés de estos préstamos, para lo que podrá ser suscrito un Acuerdo Marco de compatibilidad de ayudas con el ICO, siendo necesario el establecimiento por la C.A. de un Centro Receptor de solicitudes, que será responsable del estudio de las operaciones para su posterior formalización por la Entidad de Crédito colaboradora.

PLAZOS DE AMORTIZACIÓN

El beneficiario puede elegir entre:

  • 3 años sin carencia.
  • 5 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 1 año.
  • 7 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 2 años.

COMISIONES

El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y las Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones, tales como apertura, estudio o disponibilidad.

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA

  • Tipo fijo: se imputará un 1% sobre las cantidades reembolsadas por anticipado.
  • Tipo variable: no se imputará penalización debiendo realizarse en las fechas de revisión semestral del tipo de interés.

TRAMITACIÓN

Directamente en las oficinas de CajaCampo. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por CajaCampo en las condiciones indicadas.

DOCUMENTACIÓN Y GARANTÍAS DE LA OPERACIÓN

El empresario presentará la documentación que CajaCampo considere necesaria para estudiar la operación. CajaCampo analiza la solicitud de la operación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca, etc.

El empresario debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.

COMPATIBILIDAD DE AYUDAS

Esta Línea es incompatible con las Líneas ICO PYME 2008 e ICO Microcréditos-2007/2008, no pudiendo solicitar financiación de ambas líneas para la misma inversión.

Esta línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea.