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Linea ICO PYME 2004

Ponemos en marcha

tus proyectos

   

Si tienes una idea o un proyecto ahora puedes hacerlo realidad.

En CajaCampo asesoramos, tramitamos y financiamos tus proyectos dee inversión a través de la línea ICO PYME 2004. Una vía que abre el futuro a nuestros clientes:

  • A todos los que tienen un sueño y desean conseguirlo.
  • Aquellos que tienen una empresa o desean crearla.

Un compromiso con las pequeñas empresas con el que CajaCampo pretende dar a sus clientes todas las facilidades para ver crecer su negocio. Un deseo, al alcance de todos.

 

¿Quiénes pueden beneficiarse de esta financiación?
   

Podrán optar por esta financiación todas aquellas personas físicas o jurídicas que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

¿Qué requisitos se deben cumplir?
   
  • El número de trabajadores será menor de 250.
  • El volumen de negocio será igual o menor a 40 millones de € o el balance general será igual o menor a 27 millones de €.
  • Dicha empresa no debe ser participada por otra no PYME en porcentaje superior o igual al 25%, salvo sociedades públicas de participación o de capital riesgo que no ejerzan un control efectivo sobre la misma.
Ventajas y más ventajas
   

De los beneficios que tanto el particular como la empresa obtienen a través del servicio de Rural Rentig destacan:

¿Cuál es el importe máximo de financiación por beneficiario final?
 

El importe máximo de financiación por beneficiario y año a través de la Línea ICO PYME 2004 será de 1,5 millones de de €, ya sea en una o en varias operaciones.

¿Qué inversiones son financiables?
   

El ICO financia hasta el 70% del proyecto de inversión en activos nuevos productivos. Para el cálculo de dicho porcentaje se excluirá el IVA y otros impuestos ligados a la inversión. Se entienden por activos nuevos aquellas inversiones en las que se acredite que el proceso de ejecución de la misma no se ha iniciado con anterioridad a 6 meses a contar desde la fecha de firma del contrato, y cuyas fechas de pago establecidas en las facturas (u otro documento acreditativo) no sean anteriores a 6 meses desde la formalización del préstamo o Leasing.

La inversión objeto de financiación ha de llevarse a cabo en un plazo máximo de 1 año desde la formalización de la operación.

Para que un proyecto de inversión pueda financiarse a través de esta línea deberá respetar los siguientes límites:

  • Inversión Inmobiliaria: No podrá superar el 80% de la inversión total.
  • Inversión Inmaterial: No podrá superar el 50% de la inversión total, aunque puede llegar al 100% en el caso de inversiones que se realicen en el Grupo Contable 215 (activos tecnológicos, ej.: software, pág. web, etc.).
  • Inversión Material: No está sujeta a limitación.
  • Gastos de Establecimiento: No podrán superar el 20% de la inversión total. Únicamente se incluyen en este apartado las inversiones de los Grupos Contables 200 y 201.

No se financiarán en ningún caso las siguientes inversiones:

  • Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones.
  • Circulante.
  • IVA e impuestos ligados a la inversión.
¿Cuáles son las modalidades de financiación?
 

La financiación se podrá formalizar tanto en contratos de préstamo como de leasing.

El beneficiario podrá optar entre tipo fijo y tipo variable, con la carencia y plazos que a continuación se detallan:


PLAZOS DE LAS OPERACIONES

Plazo Carencia
3 años sin carencia o incluido 1 año de
carencia del principal.
5 años sin carencia o incluido 1 año de
carencia del principal.
7 años sin carencia o incluidos 2 años de
carencia del principal.
 
¿Cuál es el tipo de interés aplicable?
   
  • Fijo: Según el tipo de referencia ICO + 0,40 puntos porcentuales.
  • Variable: EURIBOR 6 meses + 0,40 puntos porcentuales.
¿Pueden ser canceladas anticipadamente las operaciones?
   

Sí, las operaciones podrán ser canceladas anticipadamente, pero siempre respetando las condiciones establecidas por el ICO:

  • Tipo Fijo: Tendrá una penalización del 2% de la cantidad anticipada. El reembolso anticipado de las disposiciones a tipo fijo únicamente podrá realizarse en las fechas de pago semestrales previstas.
  • Tipo Variable: No conllevará penalización y deberá realizarse, exclusivamente, en las fechas de revisión y liquidación de intereses.
¿Pueden compatibilizarse estas ayudas con otras recibidas anteriormente?
   

La Línea ICO PYME 2004 es compatible con otras ayudas recibidas por las Comunidades Autónomas y otras Instituciones, pero siempre deberán respetarse los máximos establecidos en la Unión Europea.

¿Qué documentación es necesario presentar?
   

El empresario deberá presentar la documentación que CajaCampo considere necesaria para estudiar la operación. A su vez, deberá poder acreditar la realización de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.